La investigación ha revelado que, aunque la Constitución de la RDFE y otras leyes garantizan el derecho a la protección contra los desalojos forzosos, las leyes y prácticas no cumplen las normas establecidas por los instrumentos internacionales de derechos humanos. En primer lugar, solo las autoridades gubernamentales determinan los fines públicos que conducen a los desalojos forzosos, adoptando un enfoque de arriba abajo sin consultar a las víctimas. Las víctimas no tienen derecho a apelar contra las órdenes de desalojo y las decisiones de los tribunales administrativos en los tribunales ordinarios, lo que constituye un derecho a un juicio justo. En segundo lugar, los inquilinos privados y los colonos informales están sujetos a desalojos arbitrarios, y los inquilinos públicos han sido privados de un alojamiento alternativo. En tercer lugar, las leyes y prácticas no tienen en cuenta los derechos humanos en conflicto a la hora de planificar y ejecutar desalojos con fines públicos. Esto da lugar a que los procesos y resultados de los desalojos sean contrarios a los derechos humanos, lo que a su vez hace que las vidas de los desalojados sean miserables. Se han visto comprometidos los derechos a los medios de subsistencia, a la alimentación, a la vida, a una vivienda adecuada, a la libertad de elección de residencia, a la intimidad y a la seguridad de la persona.
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