Al diseñar una urbanización, los proyectistas están obligados, por ley brasileña, a reservar un porcentaje del terreno para espacios públicos libres o, como se suele decir, de forma inexacta, áreas verdes. Lamentablemente, son raros los casos en los que la elección de la ubicación de estas áreas responde a algún criterio específico o estudio previo. Para este uso se destinan los terrenos sobrantes que no pueden parcelarse y venderse como lotes: las áreas ambientalmente sensibles, las áreas de gran pendiente y las áreas geológica y/o morfológicamente más complejas, características que pueden comprometer su uso como espacio de convivencia y urbanidad. Esta obra pretende aclarar el significado y el papel que deben desempeñar los espacios públicos libres en las zonas urbanas y sugiere atributos que deben tenerse en cuenta para que sean seleccionados de manera que cumplan su destino.
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