Al igual que los individuos de una sociedad civil y política, las colectividades de la sociedad internacional necesitan que sus relaciones se rijan por el Derecho. Lo que hasta el siglo XVIII se conocía como "derecho de gentes" se ha convertido, por un cambio semántico, en "derecho internacional". A veces sustituido por "el derecho de los Estados" o "el derecho de las Naciones", el derecho internacional es el conjunto de normas jurídicas aplicables a los sujetos de la sociedad internacional, en particular los Estados, ciertas ONG, las multinacionales y, excepcionalmente, los particulares. El Derecho internacional se hizo prácticamente indispensable en el siglo XX con la aparición de las Naciones Unidas. La Carta de San Francisco y los principios que de ella se derivan sentaron las bases de un "nuevo orden internacional". Uno de estos principios es la no injerencia, y este principio es el corolario de la igualdad soberana de los Estados. A diferencia del fracaso de la Sociedad de Naciones y de sus principios, los principios de las Naciones Unidas son ahora casi universales. Y es que "las relaciones entre los Estados ya no se rigen por el poder que ejercen, sino por el derecho".
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