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El presente estudio aspira a construir una teoría dogmática del dominio público como parte del orden constitucional económico. El Derecho económico se ha concebido, en su época de mayor intervención, fundamentalmente como el instrumento del Estado en su tarea de defensor y conformador de la economía, en tanto que titular legítimo del poder político. Este paradigma intervencionista, sin embargo, sufre un decisivo golpe a partir del último tercio del siglo xx, fruto de una reflexión sobre la propiedad constitucional, que debe ser entendida como un derecho fundamental genuino, con su contenido…mehr

Produktbeschreibung
El presente estudio aspira a construir una teoría dogmática del dominio público como parte del orden constitucional económico. El Derecho económico se ha concebido, en su época de mayor intervención, fundamentalmente como el instrumento del Estado en su tarea de defensor y conformador de la economía, en tanto que titular legítimo del poder político. Este paradigma intervencionista, sin embargo, sufre un decisivo golpe a partir del último tercio del siglo xx, fruto de una reflexión sobre la propiedad constitucional, que debe ser entendida como un derecho fundamental genuino, con su contenido esencial correspondiente y con una vertiente institucional que vertebra todo el ordenamiento. La tesis del presente estudio es que la teoría del dominio público debe ser entendida como una limitación del derecho de propiedad constitucional. Así, los límites negativos del derecho de propiedad constitucional, tanto los proporcionados y no indemnizables como los justificados por su utilidad pública y sometidos a indemnización, son a su vez los límites positivos de la intervención del poder público. Ambas vertientes empastan así como dos mitades de una manzana. Sólo deberá excluirse el dominio privado de un bien o categoría de bienes mediante el régimen demanial, cuando existan razones de índole económica que justifiquen su uso común o su explotación concesional. Aquí aparece como central el concepto, que hemos manejado en el trabajo, de bienes de tránsito. La idea central del estudio es, por tanto, que la comprensión de todos los bienes, también los bienes públicos, como objetos de tráfico jurídico y económico sirve al mejor funcionamiento de la economía. Los bienes públicos no son ya tanto bienes afectos a fines públicos que haya que proteger, como bienes del orden constitucional económico cuya función en el tráfico verdaderamente justifica su carácter público y su tipo de uso. Así pues, la discusión entre modelos funcionalistas o patrimonialistas no es, creemos, tan relevante ya, como la idea de que el poder público que se ejercita sobre esos bienes debe estar justificado y debidamente sometido a control en virtud de la función que los bienes vinculados cumplen en la economía general.
Autorenporträt
Héctor Iglesias Sevillano es Doctor Europeo en Derecho por la Universidad de Bolonia y Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid. Profesor Ayudante Doctor de Derecho Administrativo en el Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid. Sus principales áreas de investigación se han centrado en el Derecho Administrativo Global, que constituyó su investigación doctoral y su primer libro monográfico, publicado bajo el título Derecho Administrativo Global: una teoría normativa, Pamplona: Aranzadi, 2020, así como una serie de publicaciones en las revistas más reconocidas de la especialidad como la Revista de Administración Pública y la Revista Española de Derecho Administrativo. Otras líneas de investigación en las que se ha embarcado incluyen el Derecho Administrativo Europeo, el reconocimiento mutuo (con énfasis en algunos sectores específicos, como el Derecho bancario y financiero) y el Derecho comparado, en particular en materia de discrecionalidad y justicia administrativa. En este sentido, ha colaborado en el proyecto de investigación "Relaciones jurídicas transnacionales en el mercado interior y justicia administrativa" (DER2017-84500-P), IP: Jorge Agudo González, sobre el juego del reconocimiento mutuo y el acceso a la justicia en las decisiones administrativas dentro del Mercado Común. Durante este primer periodo también trabajó en la Escuela de Derecho Administrativo de la Universidad de Bolonia (Scuola di Specializzazione in Studi sull'Amministrazione Pubblica, SPISA) sobre cuestiones como la mediación administrativa y el arbitraje internacional en materia de inversiones y sus efectos sobre el derecho público interno. Posteriormente ha investigado también sobre el derecho de propiedad y bienes públicos, intentando encontrar un encaje a las diferentes tradiciones doctrinales que se encuentran en esta materia en el Derecho privado, el Derecho público, la Economía y la Historia de la propiedad. Esta investigación se ha plasmado en un libro titulado Propiedad y Dominio público: un ensayo de sistema, Madrid: Marcial Pons, 2023. Últimamente se ha interesado, además, por la Historia de la Administración y del Derecho administrativo, tanto desde la perspectiva dogmática como desde la historiografía jurídica. Es miembro de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo (AEPDA) y de la Sociedad Española de Historia del Derecho (SEHD).